Los términos pueden ser tomados en su extensión universal: abarca a todos los individuos a los cuales representa el concepto.
O en su extensión particular: cuando sólo se refiere a algunos.
Los juicios por la extensión en la que es tomado el término sujeto, como criterio de cantidad, pueden ser:
UNIVERSALES: Todo S es P
PARTICULARES: Algunos S son P
Los nombres propios tienen extensión universal; pues el uno, como único, equivale a un todo.
La relación entre los términos puede ser asimismo:
AFIRMATIVOS: De unión: S es P.
NEGATIVOS: De separación: S es no-P.
El predicado de una afirmación siempre tiene extensión particular, y el predicado de una negación está tomado en su extensión universal. Cuando un concepto, sujeto o predicado, está tomado en toda su extensión se dice que está distribuido; cuando no, se dice que está no distribuido.
Según el criterio de cantidad y cualidad, resulta la siguiente clasificación de los juicios:
CLASE | DENOMINACIÓN | ESQUEMA | EXPRESIÓN-EJEMPLO | Extensión de los términos |
A | Universal Afirmativo | Todo S es P | Todos los hombres son mortales | S: Universal P: Particular |
E | Universal Negativo | Ningún S es P | Ningún hombre es mortal | S: Universal P: Universal |
I | Particular afirmativo | Algún S es P | Algún hombre es mortal | S: Particular P: Particular |
O | Particular Negativo | Algún S es no-P | Algún hombre es no-mortal | S: Particular P: Universal |
Los juicios se relacionan unos con otros en lo que constituye un argumento.
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